La experiencia religiosa en la plaza pública, hace bien a todos
28 febrero 2010
El ministro Gabilondo quiere quitar de su Pacto de Educación los temas más conflictivos. Por eso anunció la semana pasada que las clases de Religión se van a regular por la futura Ley de Libertad Religiosa. La ahora vicepresidenta en horas bajas, De La Vega, insiste en que no está aparcada la nueva regulación. Ya se encargó “de corregir” en enero a José Antonio Alonso, que en la reunión de principios de años del grupo parlamentario socialista no incluyó la cuestión en la agenda parlamentaria. Está previsto que el anteproyecto sea aprobado por el Gobierno a finales de la primavera.
Alguna filtración, que puede ser muy interesada, apunta a una prohibición de los belenes en los lugares públicos, la no asistencia de cargos públicos a las procesiones de Semana Santa o la retirada de crucifijos de las escuelas estatales. En medios jurídicos se estima que la ley será más o menos agresiva en función de cómo sea en ese momento el desgaste de Zapatero, en función de cuál sea su cálculo para movilizar el voto más de izquierda. En cualquier caso a lo que no va a renunciar el Gobierno es a una suerte de enfrentamiento entre la libertad de religiosa y la libertad de conciencia.
La Constitución del 78 rechazó una regulación que obligara, en el ámbito público, a prescindir de la raíz religiosa de las convicciones personales. El desarrollo de nuestro ordenamiento no fuerza a los creyentes a comportarse como ateos en la vida pública. Está en línea con lo que ha defendido recientemente José Casanova, profesor de la Universidad de Georgetown y sociólogo de las religiones. En un papel que escribió en 2007 afirmaba: “no puedo encontrar una razón convincente, de acuerdo a los fundamentos democráticos o liberales, para proscribir los principios religiosos de la esfera democrática pública”. La restricción del “ejercicio libre de la religión per se violaría la vitalidad de una sociedad democrática”.
Peces Barba, aunque ahora haya cambiado de posición, cuando se debatía el 16.3 de la Constitución, que es el párrafo que consagra la cooperación con las confesiones religiosas, apostaba por esta valoración positiva de las religión en la vida democrática a la que se refiere Casanova. “Expresamente estamos a favor de que se tengan en cuenta las creencias religiosas”, decía entonces.
Andrés Ollero, en su último libro, Un Estado laico: libertad religiosa en perspectiva (Aranzadi), recoge la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que pronuncia en esta dirección. El principio de cooperación hace de la libertad religiosa no una libertad de primera generación que obliga al Estado a proteger de las injerencias externas, es una libertad de segunda generación que exige a los poderes públicos una actitud positiva (es muy clara en este sentido la SSTC 46/2001, fundamento 4). Una jurisprudencia de este tipo permite hablar de una apuesta del Constitucional por una laicidad positiva. Aunque cuando el Tribunal no utiliza el término con claridad. En cualquier caso el ejercicio de la libertad religiosa se considera un bien jurídico a proteger.
No hay un enfrentamiento entre conciencia y religión. La libertad religiosa no es una “subespecie” de la libertad de pensamiento y de conciencia.
Alberto de las Heras, el que fuera director de Asuntos Religiosos, pero en la época de Aznar, ha explicado en un artículo titulado “Libertad religiosa en el marco constitucional” (Cuadernos de Pensamiento Político, FAES, Octubre/Diciembre 2009) que la libertad de conciencia y la libertad religiosa son de naturaleza muy diferente. La libertad religiosa atañe a lo histórico, tiene que ver con las relaciones sociales, con lo público. La libertad de conciencia, por el contrario, se refiere sólo al individuo y su fuero interno. De las Heras concluye que una equiparación de las dos libertades es contraria al espíritu constitucional. Ollero, por su parte, defiende que el Estado puede ser neutral respecto a las creencias pero que no puede imponer “la neutralidad en los resultados”. El Estado no puede difundir una fe. Pero en España el ordenamiento valora la confesión que, de hecho, es mayoritaria. Rechaza así un principio de igualdad abstracto.
Fernando de Haro


En el vídeo que proponemos esta semana, vemos al maestro trabajando en un bosque. Dice que los pájaros cantan mejor al amanecer y al anochecer, porque se quedan fascinados por los colores.
Hace poco tiempo recordaba con un amigo la conversación que mantuvimos este año con una adoradora de la Pachamama. Nos encontrábamos en las alturas de Machupichu que cantara Neruda, y la fichamos como guía. Al final del recorrido de siete horas (un plus de cuatro más allá de lo que ajustamos), la invitamos a comer. Yo bendije al Señor por los alimentos que íbamos a comer y ella bendijo a la Madre Tierra por los frutos de su generosidad. A los postres, le dije a nuestra invitada a la mesa que no comprendía esa manera tan personal de dirigirse a la Naturaleza, que de por sí no tiene el seso de saber lo que entrega y a quién lo hace.
De fondo suena el trío de Bill Evans. Cuando el gran pianista murió el 15 de septiembre de 1980, de una insuficiencia hepática a consecuencia de su adicción a las drogas, tenía cincuenta y un años y llevaba mas de veinte entre la elite de su instrumento. El “poeta del piano” como lo definió el escritor, Gene Less, mantuvo incólume su estilo lírico y su sensibilidad hasta sus últimos días.


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