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Dos años, tres meses y un día de cárcel por molestar con la televisión

28 Septiembre 2009

El Juzgado de lo Penal número 3 de Bilbao acaba de dictar una sentencia pionera al castigar un delito medioambiental en el ámbito privado. La resolución condena a dos años, tres meses y un día de cárcel a un vecino de Bilbao por «desquiciar», en palabras de los afectados, al matrimonio que reside en el piso contiguo al suyo en el Casco Viejo de Bilbao, al poner el aparato de televisión y el equipo de música a tope a cualquier hora del día o de la noche.

El fallo, que puede ser recurrido ante la Audiencia vizcaína, obliga además al condenado, médico de profesión, de 64 años, a indemnizar con 30.000 euros por «daños morales» a sus vecinos, una pareja de 70 y 73 años, además de imponerle multas de hasta 8.000 euros por «una falta de lesiones por imprudencia grave». El hombre sufre un trastorno ansioso-depresivo que le obliga a medicarse, a causa de los ruidos.

Los hechos comenzaron a producirse en septiembre de 2005, cuando el denunciado y sus víctimas se enfrentaron por la instalación de un ascensor en el edificio, y se han prolongado «durante largos períodos de tiempo».

«Con la intención de perturbar la tranquilidad de sus vecinos, J.C.F.C., cuyo domicilio linda con el del acusado, sintonizaba sus aparatos audiovisuales, tanto de día como de noche, a un volumen muy por encima de los límites permitidos por las ordenanzas municipales del Ayuntamiento de Bilbao y por la Ley de Ruido de 17 de noviembre de 2003».

Las víctimas le suplicaron en varias ocasiones que bajara el nivel de ruido, pero él hizo caso omiso. Llegaron a poner en venta el piso para mudarse ante lo «insostenible» de la situación. La paralización del mercado inmobiliario por la crisis les ha impedido cumplir su deseo hasta la fecha. Cuando se producían estos episodios ruidosos, la pareja llamaba a la Policía Municipal de Bilbao, que realizó doce sonometrías, tanto en el domicilio de los afectados como en el foco emisor, la vivienda del acusado. En todas ellas, el nivel sonoro se encontraba por encima de los máximos permitidos, 30 decibelios de noche y 40 de día.

En una ocasión, los agentes locales realizaron un informe en el que describían que J.C.F.C. tenía los altavoces del televisor y el propio aparato dentro de una chimenea que lindaba con la pared del dormitorio de los vecinos, lo que «hacía que el sonido reverberara y se multiplicara el efecto». Dentro de la sala del acusado se alcanzaban los 100 decibelios, según el escrito policial. Los policías declararon en el juicio que «el ruido era evidente y molesto» antes de hacer la prueba, y llegaron a comparar el domicilio del acusado con una «discoteca».

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